Reglamento débito automático.
Reglamento débito automático.
Condiciones de Débito Automático de Servicios
- Objeto: El cliente autoriza al Banco a debitar del producto bancario que elija, radicado en el Banco o en cualquier otra entidad del sistema financiero afiliada a los sistemas electrónicos de pagos y transferencias, el valor de las facturas u órdenes de pago que determine el cliente.
Parágrafo: En caso de que el producto bancario no cuente con recursos suficientes, el cliente autoriza al Banco para hacer uso del cupo del ADS (Adelanto de Salario) para cubrir el valor de éstas, siempre y cuando lo tenga activo. Este débito solo aplica para el pago de facturas u órdenes de pago distintas a las adquiridas con el Banco. - Duración: El término del servicio es indefinido; no obstante, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento, dando aviso previo a la otra parte.
- Valor: El costo del servicio será el que periódicamente defina el Banco de acuerdo con sus listas de tarifas, quedando facultado para modificarlo en cualquier tiempo según la ley. Estas tarifas estarán disponibles en las oficinas del Banco o en www.davibank.com.
Parágrafo: En el evento en que el débito no resulte exitoso, el Banco podrá, a su elección, reintentarlo. - Prestación del servicio: El Banco podrá cargar el valor del servicio de Débito Automático, afectando cualquiera de los productos que el cliente indique, de acuerdo con la forma y frecuencia que la empresa prestadora del servicio o beneficiaria del pago lo determine.
- Obligaciones del Banco:
- Actuar con la debida diligencia en todo lo relativo al débito de la cuenta para el pago oportuno del servicio u obligación.
- Atender oportunamente los reclamos e inquietudes sobre el servicio.
- Implementar los controles técnicos y operativos establecidos.
- Realizar el débito en la fecha de pago oportuno o en la fecha definida entre el Banco y las empresas prestadoras del servicio, de acuerdo con la información suministrada por estas empresas.
- Informar a los clientes los valores debitados a través de los diferentes medios disponibles para este servicio.
- Obligaciones del cliente:
- Reconocer al Banco el valor de los servicios en las condiciones acordadas.
- Entregar al Banco en forma oportuna la autorización correspondiente para el respectivo débito de su producto bancario.
- Mantener, con por lo menos un día de antelación a la fecha de pago oportuno, los dineros disponibles en su cuenta o mantener la disponibilidad del cupo para hacer los débitos correspondientes.
- Informar, con por lo menos tres (3) días, cualquier cambio o modificación que pueda sufrir el servicio.
- Verificar la realización del pago y/o débito solicitado en www.davibank.com o a través de la Multilínea DAVIbank.
Parágrafo: El Banco realizará los traslados de fondos correspondientes al beneficiario del pago en la medida que existan recursos suficientes en el (los) producto(s) autorizado(s) por el cliente. - Causales de terminación del contrato: El Banco está facultado para terminar el servicio por las siguientes causas:
- Por incumplimiento de las obligaciones a cargo del cliente.
- En el evento en que el producto donde se deba efectuar el débito presente causales como: cuenta saldada, cuenta cancelada, cuenta embargada, tarjeta saldada, muerte del (de los) titular(es), disolución y/o liquidación o proceso concursal del titular.
- Seis intentos fallidos consecutivos en el proceso de recaudo.
- Autorización: El cliente autoriza a DAVIbank enviar, sin costo, respuestas a sus solicitudes, notificación de transacciones, información de seguridad, de servicios e información comercial de productos, al celular y/o correo electrónico registrado en este formulario u otros registrados en la apertura de cualquier producto del Banco.
Actualizado julio 2012.